TED-ORURO 8/03/2021.- El Cómputo Departamental del Tribunal Electoral Departamental de Oruro cumple nueve pasos dentro los protocolos establecidos para la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales 2021.
Previa a esta etapa, el Sobre de Seguridad “A” que contiene las actas electorales departamental y municipal, deben pasar por el control del código de barras impreso en el adhesivo en cada sobre para su verificación.
De acuerdo al Tribunal Supremo Electoral, estos son los nueves pasos del cómputo oficial departamental:
- 1) Recepción y apertura de sobres de seguridad A: El personal de apoyo de Secretaría de Cámara abrirá los sobres de seguridad y extraerá el acta original; el operador de digitalización registrará el sobre de seguridad mediante la lectura de código de barras, y de las actas de escrutinio mediante el código de verificación, de manera que se verifique su correspondencia.
- 2) Digitalización de las actas de escrutinio: Un operador de digitalización registrará cada acta mediante un lector de código de barras y luego escaneará (digitalizará) el documento. La imagen obtenida será enviada a los operadores encargados de la transcripción de datos, mientras que el acta física será remitida a Sala Plena para su juzgamiento.
- 3) Transcripción de datos de las actas de escrutinio: El sistema SCORC asignará aleatoriamente la imagen del acta de escrutinio digitalizada a los operadores de la primera transcripción, quienes transcribirán los datos del escrutinio tal cual figuren en el acta por cada organización política o alianza. Posteriormente, y de manera aleatoria, se realizará una segunda transcripción por personal distinto al que participó en la primera transcripción.
- 4) Comparación automática. El sistema SCORC comparará automáticamente los datos introducidos en la primera y segunda transcripción. Si los datos son iguales, el acta estará lista para su juzgamiento en la Sala Plena y posterior publicación.
- 5) Control de calidad. Si se detecta alguna diferencia de datos en el proceso de transcripción, el sistema SCORC asignará el acta de escrutinio a un operador de control de calidad, quien realizará un “análisis de la diferencia”, identificando el error de transcripción y corrigiendo el registro. Una vez corregido el error, el acta será enviada a Sala Plena para su juzgamiento y posterior publicación, si corresponde.
- 6) Juzgamiento de las actas de escrutinio por Sala Plena. La Sala Plena recibirá el acta física y efectuará el juzgamiento que corresponda, comparando los datos del acta con los que figuran en el sistema para su aprobación y publicación en la página web, si corresponde. Si el acta contiene observaciones, verificará si son subsanables o corresponde su anulación, de acuerdo con las formalidades descritas en los artículos 176 y 177 de la Ley 026. Para un mejor juzgamiento, Sala Plena podrá acudir a fuentes complementarias como ser la hoja de trabajo, la copia del acta del Notario Electoral o la copia de los delegados de organizaciones políticas, entre otros, pudiendo asentarse un proveído de subsanación en el reverso del acta. Posteriormente, el acta retornará a la estación de digitalización para el escaneo del reverso del documento. Cuando Sala Plena determine la nulidad del acta, emitirá la Resolución que corresponda, misma que será digitalizada y publicada.
- 7) Revisión y aprobación de instrucción escrita: La Secretaría de Cámara realizará la revisión del cumplimiento de la instrucción de Sala Plena, misma que debe estar fielmente reflejada en el sistema.
- 8) Custodia de actas: Una vez aprobadas o anuladas las actas físicas por la Sala Plena, previa lectura del código de barras, ingresarán a la instancia de custodia. Cada TED establecerá un lugar específico de custodia y archivo de actas físicas, de acceso restringido a personal autorizado.
- 9) Publicación de resultados: La consolidación de los resultados del cómputo será publicada en la página oficial de resultados, conjuntamente las actas de escrutinio digitalizadas y la documentación de respaldo (en caso de observación o anulación).